La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 321 votos a favor, 125 en contra y cero abstenciones, el dictamen a la minuta que armoniza la legislación secundaria en materia de transparencia y protección de datos personales con los principios establecidos en los artículos 6° y 16 de la Constitución Política.
Ello, referente a la tutela y garantía del ejercicio ciudadano de los derechos humanos de acceso a la información pública y protección de datos personales, asegurando mecanismos que faciliten su ejercicio más amplio, sin que implique gastos onerosos, duplicidades y burocracias privilegiadas.
El documento, que deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, expide las leyes generales de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y reforma el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Del artículo primero, por el que se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 10, 11, 14, 15, 16, 19, 23, 25, 26, 28, 34, 38, 44, 45, 47, 58, 67, 70, 90, 112, 114, 115, 160, 162, 184, 185 y 216.
Al artículo segundo, por el que se emite la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, se reservaron los artículos 2, 7, 10, 11, 13, 20, 23, 25, 31, 37, 38, 40, 52 y 86.
Del artículo tercero, relativo a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, los artículos 2, 3, 5, 8, 11, 14, 27, 38, 43, 53, 62 y 63.Del artículo cuarto, por el que se reforma la fracción XV del artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se reservó el artículo 37 y los transitorios Primero, Cuarto, Quinto, Sexto, Décimo Primero, Décimo Segundo y Décimo Cuarto del proyecto de dictamen.
El documento contempla los derechos ARCO, los cuales serán derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos personales;Menciona con una nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública se homologan las reglas, los principios, las bases, los procedimientos y en general los mecanismos en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, además de incluir criterios de interpretación que, en su momento, emitió el INAI y que actualmente aplican los sujetos obligados.
Precisa un rediseño de las autoridades garantes, responsables de garantizar el ejercicio de los derechos de acceso a la información pública, los cuales tienen las competencias: El órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en el ámbito federal, denominado Transparencia para el Pueblo; el órgano de control y disciplina del Poder Judicial de la Federación.
Asimismo, los órganos de control de los órganos constitucionales autónomos, las contralorías del Congreso de la Unión, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, por cuanto hace a los sindicatos, en atención a sus apartados, y el Instituto Nacional Electoral, respecto a los partidos políticos.