- Con esta reforma se afianzará el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, donde se declaró la atención de este delito y se calificó como de alto impacto.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 09 de Septiembre 2025.-Por unanimidad de 474 votos, la Cámara de Diputados aprobó reforma constitucional que faculta al Congreso a legislar en materia de extorsión.
Faculta al Congreso de la Unión a expedir una ley general que establezca como mínimo los tipos penales y sus sanciones en materia de extorsión.
El documento, que tiene su origen en una iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, se avaló en lo general y en lo particular, con la mayoría calificada de 474 votos a favor, y se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
En el régimen transitorio expone que el Congreso de la Unión deberá expedir la ley general de la materia en un plazo no mayor a 180 días contados a partir del día siguiente de su entrada en vigor.
Además, las disposiciones legales de la Federación y de las entidades federativas en materia de extorsión continuarán vigentes hasta en tanto el Congreso de la Unión emita la ley general. En el régimen transitorio de dicha ley se establecerán los plazos y condiciones para realizar las adecuaciones normativas correspondientes.
Subraya que con el cambio constitucional el Congreso de la Unión expedirá una ley general para unificar y contemplar, entre otras cosas, el tipo penal de extorsión, sus agravantes, los delitos vinculados y sus sanciones, y se cumplan con los objetivos generales de prevención, investigación y mecanismos de atención efectiva a las personas víctimas, ofendidas y testigos.
Con la nueva constitucionalización y sucesivamente con la Ley General, se consolidará la Estrategia Nacional contra la Extorsión emprendida por la presidenta de la República y coordinada por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, en la que se plantearon cinco ejes.
Es decir, detenciones mediante investigación e inteligencia, fomento a la creación de Unidades Antiextorsión locales, aplicación del protocolo de atención a víctimas, capacitación a operadores en manejo de crisis y negociación y la implementación de una campaña de prevención nacional.
Hace referencia que la iniciativa por sí misma encuentra una justificación necesaria, urgente e inaplazable. Las cifras y datos demuestran que día con día se comete este delito que atenta contra personas, familias trabajadoras y comercios, el cual además ha presentado un desafortunado crecimiento y evolución en sus modalidades de ejecución.
Menciona que en el Código Penal Federal se tipificó esta conducta, en 1984. Actualmente, dicho delito ha evolucionado a la par de las nuevas tecnologías y en estrecha relación con las actividades de la delincuencia organizada. En ese sentido, el modus operandi supera contundentemente la norma. Por otro lado, existe una diversificación de tipos, puesto que cada estado codificó su tipo penal y su propia sanción, complicando su atención.
El delito de extorsión expone que cuenta con elementos y cifras que lo identifican, se advierten modalidades y situaciones que ampliamente justifican la reforma constitucional para otorgar facultades al Congreso de la Unión para la creación de una ley general que armonice, sistematice y homologue, y así combatir adecuadamente el delito descrito.