Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2026.- El Legislador Federal Poblano de Morena, MARIO MIGUEL CARRILLO CUBILLAS, desde la tribuna de la Cámara de Diputados, presenta iniciativa para reformar los artículos 26, 73 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Que tiene por objeto sustituir la denominación de Distrito Federal por la de Ciudad de México.
El Diputado indicó, lo que busca con esta iniciativa no solamente es cambio de texto constitucional, es poder armonizar con el artículo 122, con la propia Constitución Política de la Ciudad de México y garantizarle a la Ciudad de México que no se entre en controversia constitucional en materia de UMAS, en materia de rendición de cuentas ante los organismos internos de control y en materia de endeudamiento.
Detalló que originalmente el Congreso Constituyente de 1917 consideraba a la Capital de la República como el Distrito Federal, con todo lo que ello implica, con una cierta carga, porque nuestra Constitución, tanto la de 1824, 1857 y por supuesto la del 5 de febrero de 1917, tiene como base las constituciones de los Estados Unidos de Norteamérica y de Francia, donde existe este concepto de un distrito federal, donde se aglutinan los poderes de la Unión.
Pero aquí entra una relevancia, porque el 15 de septiembre del 2016 se instaló el Congreso Constituyente de la Ciudad de México, donde se finalizó un trabajo el 31 de enero del 2017 y dio como resultado la promulgación de la Constitución Política de la Ciudad de México el 5 de febrero del 2017.
Asimismo, se hizo una armonización del artículo 122 de nuestra Constitución en materia de darle política y administrativamente el reconocimiento a la Ciudad de México como una entidad federativa, como la entidad federativa 32, pero, lamentablemente, hasta el día de hoy encontramos omisiones legislativas o incluso lagunas constitucionales en materia de la Ciudad de México al referirse a la Constitución Política.
Cubillas señaló que específicamente hablo del párrafo 6º, apartado B, del artículo 26 de nuestra Constitución, donde se habla del Sistema de Planeación Democrática del Desarrollo Nacional a cargo del Estado, específicamente el Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía y la promulgación de lo que se le conoce como la Unidad de Medida y Actualización, las famosas UMAS, todavía considerando, en el texto constitucional, se sigue considerando al Distrito Federal, cuando debería de ser ya a la Ciudad de México.
En tanto, hay otro artículo que es el numeral segundo y tercero de la fracción octava del artículo 73, este artículo que nos otorga a nosotros como Congreso facultades. Y es también importante actualizarlo y armonizarlo con lo contenido en el 122 constitucional, porque habla del endeudamiento, el endeudamiento para, actualmente en texto constitucional, el Distrito Federal, algo que ya no existe, sería el endeudamiento para la Ciudad de México.
El Morenista explicó que también habla sobre las facultades y los informes que tiene que dar el jefe o jefa de gobierno del Distrito Federal. Ya está totalmente rebasado y por eso es que se presenta esta iniciativa. Y por último, la fracción tercera del artículo 109 de nuestra Constitución, donde se habla de los organismos internos de control de las entidades federativas de los municipios y se sigue mencionando o ubicando a la capital como el Distrito Federal.

