Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril 2026.- La Legisladora Federal Poblana de Morena, MARILYN BALLESTEROS GARCÍA, Presidenta de la Comisión de Educación en la Cámara de Diputados, presenta iniciativa para reformar los artículos 57 Bis y 127 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Explicó que hoy en día la tecnología no solo es una herramienta de apoyo, si no un factor esencial para el desarrollo social, económico y humano de la vida contemporánea ya que influye en prácticamente todos los ámbitos de la sociedad como lo es la comunicación, la educación, el trabajo, la economía, la salud y la vida cotidiana.
La adopción de menús digitales junto con menús tradicionales es una medida necesaria para modernizar el sector de alimentos y bebidas, así mejorando la experiencia de consumo para todas y todos. Esta dualidad garantiza que tanto los usuarios familiarizados con la tecnología como aquellos que prefieren o necesitan formatos impresos puedan acceder a información clara, actualizada y accesible sobre los productos ofrecidos.
La reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor tiene como finalidad que en todos los establecimientos mercantiles de servicios de alimentos y bebidas, incluyendo de manera enunciativa y no limitativa a restaurantes, fondas, cafeterías, torterías, loncherías, taquerías, cocinas económicas, fuentes de sodas, tortillerías con servicio de alimentos preparados, bares, cantinas, cervecerías, pulquerías, establecimientos de comida rápida, comedores industriales, servicios de banquetes, salones de fiestas, centros nocturnos y cualquier otro establecimiento mercantil que ofrezca alimentos o bebidas para consumo humano, los menús digitales serán un mecanismo obligatorio que tendrán que tener dichos estabelecimientos, además del menú físico.
La Congresista Teziuteca indicó que los menús digitales deberán ser accesibles, gratuitos y actualizados, incluyendo precios, gramajes, advertencias sobre alérgenos, la lista completa de los ingredientes de cada platillo o bebida ofrecida.
Asimismo, en el Artículo 127 Bis. La infracción a lo dispuesto en el artículo 57 Bis será sancionada con multa de $100,000. 00 a $500,000.00.
La Morenista detalló que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), así como a las dependencias y entidades públicas federales competentes en materia de establecimientos mercantiles de alimentos y bebidas, finalizó.
| Diputada: MARÍA DE LOS ÁNGELES BALLESTEROS GARCÍA Número de la legislatura: LXVI
Partido: MORENA
Entidad: Puebla
Distrito: 3 (Teziutlán)
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