- Comisiones Unidas Avalan Reformas Constitucionales en Materia de no Reelección y Nepotismo Electoral.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2025-La Diputada Federal Nadia Navarro Acevedo, del Grupo Parlamentario del PRI, en su intervención durante el dictamen a la minuta que reforma y adiciona los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución Política, en materia de no reelección y nepotismo electoral.
La legisladora de Acatlán de Osorio, Puebla, en su participación dijo que se se sumó a la petición de analizar con detenimiento lo que estará en las leyes generales, y que se haga un ejercicio responsable para que las propuestas y reservas sean estudiadas, a fin de que beneficien al país.
En tanto, las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Reforma Política-Electoral, aprobaron el dictamen a la minuta que reforma y adiciona los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución Política, en materia de no reelección y nepotismo electoral.
El dictamen, que deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, fue turnado a la Mesa Directiva para su programación legislativa. Se anunció que la discusión en lo particular será desahogada en el Pleno.
La votación por la Comisión de Puntos Constitucionales fue de 38 favor, cero en contra y cero abstenciones, y por la Comisión de Reforma Política-Electoral se registraron 24 votos en pro, cero en contra y cero abstenciones.
La minuta, proveniente del Senado, prohíbe la reelección inmediata en la Constitución Política para los cargos de diputaciones, senadurías, Presidencia de la República, gubernaturas, diputaciones locales, presidencias municipales, regidurías, sindicaturas, jefatura de gobierno, alcaldías y concejalías.
Respecto al nepotismo electoral, establece como requisito que las personas que busquen participar para un cargo de elección popular no tengan o hayan tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado.
En los artículos transitorias expone que la prohibición del nepotismo electoral será aplicable a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales, a celebrarse en 2030, y la prohibición de reelección de las personas servidoras publicas serán aplicables a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales, a celebrarse en 2030, Añade que, en consecuencia, las personas que en 2030 se encuentren ejerciendo los cargos públicos a que hace referencia la presente reforma, no podrán postularse para procesos de reelección.
Las comisiones unidas destacan que la implementación de estas reformas promoverá la transparencia y la meritocracia en los procesos electorales, lo que contribuirá y fortalecerá significativamente la legitimidad del sistema político mexicano.
![]() | Diputada: NADIA NAVARRO ACEVEDO Número de la legislatura: LXVI Partido: PRI Entidad: Puebla Ciudad: Acatlán de Osorio |